El Margen de la Ley :: El Blog de Audens
Audens
  1. Audens
  2. >
  3. Blog

Otra lista negra

Client of interest

¿Conocen la serie Person of Interest? Es de producción norteamericana, creada para la CBS y emitida en nuestro país por laSexta, con el título Vigilados. Es una serie de acción, realmente entretenida, cuyo hilo conductor gira en torno a una máquina que espía día y noche a toda la población en busca de posibles amenazas terroristas. Realmente inquietante, ¿no creen?

Como habrán adivinado, la serie me gusta. Sus creadores, de hecho, recrean de forma tan brillante como impersonal la forma en que la máquina reconoce y clasifica a los ciudadanos (pueden hacerse una idea viendo este vídeo). Lo que quizás les resulte difícil de creer es que una tecnología muy similar a esta ya existe, y que empresas como grandes superficies o centros comerciales la están desarrollando con mimo para lograr clasificar a sus clientes… y optimizar sus ventas.

Mi primer contacto con este tipo de tecnologías se produjo allá por 2009. Tuve la suerte de participar en una demostración realizada por una empresa española, que trabajaba en el desarrollo de un método para medir las audiencias del digital signage. Y les aseguro que aluciné: la máquina reconocía los rostros, detectaba la edad aproximada y el sexo, y captaba si las reacciones de los potenciales clientes eran positivas o negativas. Era capaz, incluso, de sustituir los anuncios mostrados por otros, en función de criterios tales como si la audiencia era mayoritariamente masculina o feminina. Un alarde de análisis facial que te hacía sentir, casi casi, como un figurante de Minority Report.

Leía el pasado viernes en El País que una empresa italiana está comercializando unos maniquíes con cámaras en los ojos, que estudian a la clientela que desfila ante ellos para analizar sus reacciones y detectar sus gustos. ¿La idea? Cazar tendencias, medir reacciones… en definitiva, mejorar el negocio a costa de la información facilitada, de forma inconsciente, por sus ingenuos clientes. Y ahorrarse un dineral en estudios de mercado. Ingenioso, ¿no creen?

El problema de este tipo de dispositivos es que juegan en el límite de los derechos fundamentales. Captar la imagen de una persona para, a partir de ella, extraer información y lucrarse económicamente, chirría a todo aquél que se preocupe por su privacidad. Y a mí el primero.

En su defensa, las empresas que desarrollan este tipo de sistemas alegan que los dispositivos son blackboxes: captan las imágenes, extraen los datos que necesitan y destruyen las grabaciones prácticamente al instante. «Sólo generan datos estadísticos», se defienden. Algo que, de ser así, conllevaría que no se aplicase la Ley Orgánica de Protección de Datos.

No es mi intención, en este momento, aburrirles con disquisiciones acerca de la aplicación o no de la citada ley a este tipo de tecnologías. Pretendo, simplemente, poner sobre la mesa un nuevo escenario en el que el marco normativo se antoja obsoleto ante el fulgurante avance de la técnica. Créanme si les digo que, de entrada, veo con buenos ojos todo ingenio que permita mejorar las ventas. Máxime, en estos tiempos inciertos que nos ha tocado en suerte vivir. Pero me preocupan los derroteros por los que transitan ciertas empresas, que parecen más preocupadas por espiarnos que por desarrollar productos eficientes y de calidad.

Llámenme idealista, pero creo que ha llegado el momento de replantearse el equilibrio entre el marketing basado en el comportamiento y nuestra privacidad. Y, en este sentido, espero que el sector sea capaz de autorregularse y de actuar con prudencia. Principalmente, viendo el empeño del legislador en trasquilar las barbas de sus colegas del mundo online.

Una ley injusta, unas tasas prohibitivas

Mañana se vota en el Pleno del Senado el «Proyecto de Ley por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses». La llamada «Ley de Tasas Judiciales», por la que los ciudadanos deberán abonar cuantiosas sumas para ejercer su derecho de acudir a los tribunales, ha logrado unir a jueces, fiscales y abogados en un clamor unánime, por injusta, desproporcionada… y probablemente anticonstitucional.

Mañana, si nada lo remedia, el texto de la Ley será aprobado por el pleno de la Cámara Alta. Estaremos más cerca, pues, de tener que pagar un mínimo de 350€ por un procedimiento ordinario, por poner un ejemplo. Un atropello contra la ciudadanía que no podemos sino denunciar, y al que nos oponemos firmemente. Es por ello que este despacho se solidariza con los compañeros que, en toda España, continúan protestando contra este proyecto injusto, y apoya el comunicado que la asociación de cabecera de los abogados tecnológicos, Enatic, ha emitido al respecto.

Creemos firmemente que deben adoptarse medidas urgentes para desbloquear la Administración de Justicia, e incluso para reducir sus costes. Pero este, salta a la vista, no es el camino.

Actualización (16.11.2012)

Para más información, les recomendamos este artículo, publicado en Contencioso.es: Tasas judiciales, un asesino silencioso.

Héroes y villanos

El anonimato ha sido y siempre será la piedra angular de dos géneros literarios distintos: las novelas de espías y los comics de súper héroes. ¿Cómo leeríamos a John le Carré si se identificara al topo en la primera página? ¿Qué sería de Clark Kent sin su corbata y sus gafas? El anonimato es fundamental en la ficción… pero, en la vida real, a veces no es tan recomendable.

En mi anterior entrada en el blog, mencionaba la nueva reforma del Código Penal que el Gobierno está impulsando desde hace semanas. Al margen de si, en términos generales, «encaja» o no en la Constitución, tal y como expresaba recientemente la portavoz del Consejo General del Poder Judicial al respecto de la prisión permanente y la custodia de seguridad, me quiero detener en dos nuevos tipos propuestos por el Ministro de Justicia: el acecho u hostigamiento y la divulgación no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas.

Desde luego, ya tocaba abordar estos temas de una forma más directa para tratar de atajar una realidad creciente que, créanme, en ocasiones asusta. Lo que no sé es si ésta es la vía adecuada. Ya saben, la reforma del Código Penal debe ser el último recurso.

Siempre he pensado que penar conductas porque sí no es la solución, y que el énfasis se ha de poner en la concienciación y en la educación. Pero el problema es que, con el éxito de Internet, muchas cosas se nos han ido de las manos. Y es que Internet y sus aplicaciones no son sólo una gran herramienta de comunicación, sino también un gran antifaz, en un medio para cometer tropelías, en un campo de batalla donde no se lucha a cara y pecho descubierto, sino como sombras y fantasmas que acechan y asustan.

El cómo evitar que las fotos que la gente se hace «en pelotas» acaben siendo de dominio público parecería que tiene fácil solución: no grabando ese tipo de imágenes. Muerto el perro muerta la rabia, que dicen. Pero no discutimos aquí el derecho de cada uno de posar como le dé la real gana, sino el de evitar que esas imágenes se divulguen. ¿Cómo se regulará en la modificación del Código Penal la difusión no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas? ¿Habrá un tipo para penar a quien publique, sea quién sea? ¿Y un atenuante (o agravante) de pareja o parentesco? No lo sé, pero estoy impaciente por ver cómo sigue el tema. Eso sí, contamos con un avance sobre qué tiene en mente el legislador: se espera una pena de seis meses a un año de prisión.

El acecho ya es harina de otro costal, pues pueden venir mal dadas de cualquier lado y por cualquier motivo, y no vale escudarse sólo en la concienciación de no grabarse como Dios nos trajo al mundo delante de un espejo o una webcam. Aquí estamos hablando de la integridad física y moral de las personas… también de la de los niños.

El cyberbullying a través de chats o redes sociales a menores, el envío de mensajes de Whatsapp o correos electrónicos intimidando a exparejas… son cosas de las que todos hemos oído hablar, en ocasiones a través de personas directamente afectadas. Y que, muchas veces, dan verdadero miedo. ¿Qué hacer? Cuando la educación y la apelación a la responsabilidad no bastan para salvaguardar la integridad moral de una persona… no queda más remedio (por desgracia) que modificar el Código Penal para perseguir estas conductas, en este caso con penas de hasta dos años de cárcel. Algo que, en principio, puede parecer exagerado. Pero quizás es hora de poner límites a ciertas acciones deplorables que se realizan sistemáticamente aprovechando la facilidad y «anonimato» que ofrece Internet.

Ahora bien, para ambos tipos me preocupa una cosa: ¿como va a casar la persecución de estos delitos (con penas inferiores a los dos años) con la Ley de Conservación de Datos? En otras palabras… ¿cómo se va saber quién es el delincuente para asuntos que no sean graves? Todo un dilema, no apto para legos en derecho, ¿no les parece?

En el ámbito literario, el anonimato ha sido utilizado de forma genial. Tirso de Molina, Voltaire, o el mismo John le Carré, que citaba al principio, insignes autores conocidos por su pseudónimo. O Bruce Wayne, Clark Kent, Peter Parker… personajes creados en el cómic, que usan su anonimato para hacer el bien, y no al contrario. Lograr que en Internet suceda lo mismo es un reto en el que todos tenemos nuestra cuota de responsabilidad. Y, probablemente, un esfuerzo de concienciación que ponga freno a este tipo de actos será la mejor receta.

Los siete samuráis

Japón, s. XVI. Un pueblo acosado por los bandidos. Indefenso. Temeroso. Sin nadie a quien recurrir. Hasta que aparece Kanbei y se compromete a defenderles, junto a sus seis valientes compañeros. Lo que empieza siendo un acuerdo por un par de puñados de arroz, pronto se convierte en una cuestión de honor, lealtad y proyecto de comunidad. El éxito, la fortuna y el desarrollo del pueblo están garantizados. Nada pueden los bandidos. Ganan los buenos con la ayuda de los siete samuráis (Kurosawa, 七人の侍 Shichinin no samurai)

¿Y qué tiene que ver esto con un blog de temas legales?

Pues todo, mis queridos compañeros y compañeras. Cambiemos ahora por un momento al pueblo por una start-up y veamos como, mágicamente todo encaja. Es más, los peligros, miedos y agobios son casi los mismos. Y para evitar que, como en la película, haya que perder el tiempo en intentos fallidos de búsqueda de samuráis que no son los adecuados, es momento de presentar en sociedad al equipo de pasos legales imprescindibles para comenzar un proyecto emprendedor. Cada uno de ellos merece un capítulo entero, y en su momento lo tendrán (palabra) pero por ahora, al menos permítanme presentárselos por su nombre y su «gemelo» legal: los siete samuráis del emprendedor:

1. Kanbei, la fama y el respeto: Registro de marca

Al igual que su alter ego en la película, una empresa quiere llegar a ser conocida en el mundo entero. Que se hable de ella, que se la reconozca, pronuncie y loe en generaciones venideras. Pero la fama conlleva riesgos. Y para ello esta nuestro primer paso legal: la marca. Rápida, segura, protectora. El registro de la marca en la OEPM (o en la OAMI, si preferimos una protección europea) permitirá a la empresa llevar su nombre por el mundo sin miedo a que nadie se lo robe. Una empresa que protege su marca protege su esencia, sus esfuerzos en comunicación, su presencia en el mundo offline y sobre todo online.

2. Katsushiro, señor del silencio: NDA

Un samurái se basa, entre otras cosas en su honor, su “meiyo”, una de las siete virtudes del bushido. Pero, cuando se trata de iniciar un negocio en el siglo XXI, el honor no es, precisamente, uno de los más habituales compañeros de juego. Es imprescindible compartir información para conseguir apoyos, colaboradores, financiación.. incluso antes de comenzar el mismo proyecto. Pero existe el riesgo de que una de estas personas a las que compartimos información no sea del todo honorable y quiera robarnos la idea, la oportunidad, el proyecto… Para evitarlo debemos contar con otro fiel guerrero, de máxima utilidad para recordar a cualquiera que debe cumplir el secreto de lo que se le cuente. Hablamos del NDA (acrónimo de Non Disclousure Agreement), el acuerdo de confidencialidad, que nos permitirá compartir nuestra idea en condiciones más seguras. Un consejo: alguien que no quiere firmar que respetará el secreto de tu idea, es muy posible que no merezca conocerla.

3. Shichiroji, cuya palabra se cumple: LOI

Un samurái no precisa prometer ni jurar nada: lo que dice, se hará. ¿Acaso hay algo más de fiar que la palabra de un samurái? Pues sí, una buena LOI (Letter of Intent, o Carta de Intenciones). En cuestión de negocios, los planes, las promesas y los “…y cuando entre el dinero entonces…” se los suele llevar el viento. Es recomendable contar con un documento que siente las bases para que, en contextos de necesidad de financiación, o de proyectos conjuntos (por ejemplo, acuerdos de colaboración a futuro cuando la empresa esté finalmente constituida), pueda avanzarse con seguridad de que todo el mundo cumplirá su palabra.

4. Heihachi, un hombre sólo es amigo de su espada: el pacto de socios

Antiguos amigos. Futuros enemigos. Poco se puede decir de este protector de la aldea que no se sepa ya. Un pacto de socios firme, bien estructurado, claro y meridiano en todos los aspectos, y que además recoja todas (y repito, todas) las posibilidades de futuro es la mejor manera de avanzar con paso firme.Las personas cambián, el papel permanece, y en eso sí se puede confiar pase lo que pase.

5. Kikuchiyo, el germen de un grupo: los estatutos

Para que llegaran a ser leyenda, un hombre luchó para unirlos, puso las normas para convencerlos y llevar todos los pasos a buen término para que no fueran únicamente siete samuráis, sino “los” siete samuráis. Por separado no habrían conseguido nada, pero como conjunto, como equipo, pudieron resistir cualquier adversidad. Del mismo modo, los socios de una empresa deben tener un guía, un referente que les ayude a saber el camino y el procedimiento, sus fines, sus objetivos, los medios con los que contarán y como se repartirán los beneficios, cómo se elegirá al líder y durante cuanto tiempo… mil y un pequeños detalles que conforman los estatutos de una sociedad.

6. Kyuzu, la perfección desde el detalle: avisos legales de la web

Todo samurái tiene espada. Un buscador de la perfección nunca deja de practicar con su espada, ya que es lo primero que verán los demás. Del mismo modo, todo proyecto nuevo tiene una web, lo primero que verán los futuros clientes, y para que esta sea perfecta, sus condiciones legales y de uso, y su política de privacidad, también deben serlo. Han de recoger todo, y bien, desde aspectos como la protección de datos a obligaciones de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, pasando por aspectos de publicidad, propiedad intelectual e industrial… Y siempre practicando, afinando y afilando estas condiciones para que se ajusten a la perfección a los cambios de negocio, legales y de necesidades de la empresa. La perfección viene del continuo esfuerzo en los detalles.

7. Gorobei, la espada no debe molestar al hombre: modelos de contratos

El mayor entrenamiento, la mejor de las tácticas de guerra, los mejores guerreros y la más intensa preparación, no sirven de nada si el samurái tiene una espada que no se ajusta perfectamente a su mano. En ella todo debe ser perfecto, el equilibrio, el peso, el brillo, la empuñadura… una prolongación de su cuerpo que le hace mejor y más completo. Nada en ella sobra ni falta. Del mismo modo, los contratos básicos de una empresa deben ser perfecto, ajustado , personalizado… Ideados desde el comienzo como herramienta de venta, no como impedimento o “engorroso trámite”. Un buen modelo contrato con los clientes finales debe ayudar a vender, y además, a proyectar una imagen de la empresa seria, práctica, confiable y transparente.

Con la ayuda de estos documentos, pasos y registros (en su caso); y sin dejar de lado las buenas relaciones con los shōgunes (Hacienda y la Seguridad Social, principalmente); no cabe duda de que la empresa sobrevivirá a cualquier peligro y saldrá adelante. Al fin y al cabo, ¿quién no quiere unirse a alguien que cuente con siete samuráis a su servicio?

PD: En serio, me encanta esta película y la recomiendo encarecidamente. Y sí, he de reconocerlo, ha sido leer un artículo sobre “La diligencia” y me ha podido la envidia insana. Yo el recurso al cine no puedo dejarlo pasar sin hacerle un guiño. Aunque siempre me tire más el tema oriental…