El Margen de la Ley :: El Blog de Audens
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Yo critico, tú demandas

Mi querida hermana me comentaba la pasada semana, completamente escandalizada, que había leído en el periódico que una bloguera francesa había sido condenada a indemnizar a un restaurante por dedicarle una crítica negativa. Su pregunta (como no podía ser de otra forma, habida cuenta que edita un blog que se dedica, precisamente, a recomendar lugares para salir, comer y disfrutar de los momentos de ocio), es si a ella le podía suceder lo mismo. Y lo cierto es que, como diría uno de mis profesores de Derecho Civil, no es una cuestión baladí, así que vamos a tratar de darle una vuelta… en lenguaje llano. ¿Hasta dónde alcanza la protección de la libertad de expresión?

Lo primero que debemos mencionar cuando hablamos de la libertad de expresión es que es un derecho fundamental, reconocido en la práctica totalidad de las constituciones de los Estados democráticos. Ahora bien, la amplísima protección que ello conlleva no es absoluta: como todos los derechos, tiene ciertos límites, que se ponen de manifiesto cuando entra en conflicto con otros derechos. De entre ellos, como probablemente saben, el más común es el derivado de las colisiones con el honor. Un honor del que, por otra parte, también gozan las empresas, en la medida en que se lesione su prestigio, fama o buen nombre.

Dado que es imposible prever todas las situaciones en las que dos derechos fundamentales pueden colisionar, la solución más habitual es ponderar caso por caso, para determinar cuál de ellos debe primar. Así, dependiendo de las circunstancias (principalmente, del contenido y el contexto de lo que se dice) los jueces podrán optar por dar primacía a la libertad de expresión, o no… teniendo además en cuenta que este derecho goza de una posición preferente cuando el asunto en cuestión es de interés público.

Dicho todo lo anterior (siento el rollo que les acabo de soltar, pero creo la introducción era importante), ya tenemos los ingredientes para cocinar nuestra tarta: para que nos entendamos, la regla de la ponderación funciona de forma similar a una balanza. En un plantillo, ponemos los elementos a favor de la libertad de expresión del bloguero; en el otro, los argumentos afines al restaurante. ¡Y a ver qué pasa!

  • La regla de oro pasa por la moderación. Evidentemente, si escribimos un comentario negativo de un local, es posible que el propietario se moleste y quiera intentar que la retiremos. Para evitarlo, es recomendable medir nuestras palabras, evitando insultos y descalificaciones. La normativa permite la sana crítica, pero no la saña ni la venganza.
  • En la medida de lo posible, es aconsejable tratar de ser objetivos, sin caer en peligrosas generalizaciones. Por ejemplo: no es lo mismo decir «mi lasaña estaba seca y algo sosa» que afirmar que «no tienen ni idea de hacer lasaña». Si la crítica es constructiva, mejor que mejor: siempre es conveniente dar al restaurante el beneficio de la duda, sin cebarse con lo que puede ser un error puntual.
  • Del mismo modo, y en la medida de lo posible, es recomendable generar prueba de nuestros reproches: una simple foto con nuestro teléfono móvil puede ser suficiente, y sacarnos de algún lío en situaciones especialmente sangrantes.
  • También puede ayudarnos el escribir como si estuviésemos hablando cara a cara con el propietario o el encargado del local. ¡Tendemos a ser más amables en las distancias cortas!
  • Y, finalmente, y como consejo final, la máxima castiza de que «es mejor un mal acuerdo que un buen pleito«. En este santo país, tener la razón no siempre implica una victoria en los tribunales, ¡ténganlo en cuenta!

Soy consciente de que las reglas anteriores pueden parecer poco precisas, pero la imprecisión forma parte del juego cuando hablamos de ponderar derechos. Si me piden mi opinión, les diré que, personalmente, entiendo que una crítica bien planteada tiene un claro interés público y debe ser amparada por la Ley (como ha reconocido ya alguna sentencia)… además de servir de gran utilidad para el restaurante en cuestión, que puede valerse de ella para mejorar su producto y su servicio. Ahora bien, no hace falta más que darse una vuelta por las muchas páginas de opinión que encontramos en la Red para apreciar que no todas las críticas son sanas o constructivas.

Como casi siempre, el mejor consejo es la prudencia… ¡que no autocensura, conste!

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