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¿Puede el Gobierno rastrear mi móvil?

Entre otras muchas consecuencias, esta crisis del coronavirus nos está sometiendo a una enorme sobreexposición a la información. Se consumen más artículos periodísticos que nunca, se comparten y se colectiviza el miedo y la preocupación, lo que hace que noticias como que el gobierno va a rastrear más de 40 millones de móviles para controlar el coronavirus en toda España causen indignación y molestia a una ciudadanía ya privada de muchos derechos. ¡Como para que aún encima se les toque su privacidad!

Seguro que recordarán que a finales de 2019 se viralizó una noticia similar, según la cual el Instituto Nacional de Estadística (INE) seguiría el rastro de nuestros móviles para conocer nuestro desplazamientos habituales y hacer un estudio de movilidad. En su momento explicamos que este tipo de tratamientos no tienen por qué suponer un riesgo para nuestros datos personales, y en esta situación, las conclusiones no son muy diferentes.

Para empezar, los datos de localización de nuestros teléfonos obran en poder de las compañías telefónicas, que los conocen por la conexión de los terminales a sus antenas. Con ellos se puede hacer una trazabilidad de un equipo, saber por qué zonas ha pasado y, además, asociar esta información al titular de la línea concreto. Pero, ojo, eso no quiere decir que puedan usar esa información para lo que quieran, y mucho menos compartir con el gobierno nuestra trazabilidad concreta con nombres y apellidos. En lo que respecta a estos operadores de telefonía, no hay porqué generar alarma: se les aplican la Ley de Conservación de Datos relativos a las comunicaciones electrónicas, la Ley General de Telecomunicaciones y el Reglamento General de Protección de Datos, que establecen importantes limitaciones para que no puedan utilizar esta información para cualquier finalidad. Por ejemplo, no pueden conservarla durante todo el tiempo que quieran, precisan de nuestro consentimiento para utilizarla para diversas finalidades e, incluso, algunos usos están sometidos a autorización judicial. Además la Agencia Española de Protección de Datos cuenta con herramientas para imponer sanciones millonarias en caso de incumplimiento, y los afectados podrían acudir a los tribunales para solicitar compensaciones económicas.

Pero la cuestión es si las operadoras pueden facilitar al gobierno nuestros datos de movilidad, y si ello vulneraría nuestro derecho a la protección de datos.

En resumen, la respuesta es que pueden facilitar cuanta información estimen oportuna… siempre que no incluya datos personales. En otras palabras, las operadoras deben aplicar técnicas de anonimización a sus repositorios para convertir nuestra información de movilidad en datos agregados, en información meramente estadística. Si esta operación de anonimización se realiza de forma correcta (esto es, si resulta imposible conocer quién está detrás de cada dato, de forma irreversible), esta operación no supondría riesgo alguno para nuestras libertades. Es algo lógico, pues a una información que no guarda relación con persona alguna no se le debe aplicar la norma que protege los datos personales. Pero insisto, esto solo es posible si la anonimización se hace bien y de forma irreversible. Para más información, invito a leer este Dictamen del Grupo del Artículo 29 sobre técnicas de anonimización.

Así, una vez eliminados los datos personales de la ecuación y dejando únicamente esa información agregada, las compañías pueden facilitar el dataset resultante al gobierno para que lleve a cabo los estudios necesarios para luchar contra la pandemia. Y ello porque el Gobierno no recibirá nuestros datos personales y nuestra geolocalización «para espiarnos», sino meros datos estadísticos. Por ejemplo: que el 8,34% de las personas que viven en el barrio de Atocha de Madrid se desplazan todas las mañanas, de las cuales el 3,24% va hacia el norte a Alcobendas, y el 5,1% va hacia el sur a Villaverde. Algo parecido a este tipo de información.

Por suerte, en nuestro país, la privacidad es un derecho fundamental y contamos con una normativa contundente, que obliga a tomar este proceso de anonimización muy en serio. Sin embargo, a pesar de la dureza de la norma, también es lo suficientemente flexible como para permitir al estado dotarse de medios para luchar contra una pandemia sin vulnerar nuestra privacidad… y, por supuesto, sin convertirnos en una sociedad vigilada o, como ya ha dicho algún agorero, en una suerte de estado orwelliano.

Como ya he dicho en alguna ocasión anterior, personalmente me parece estupendo que el Estado haga uso del big data para prevenir fallecimientos, mejorar nuestra calidad de vida y hacer que el estado de alarma termine cuanto antes. Siempre, por supuesto, que lo haga con responsabilidad.

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