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Hasta luego, Mister Marshall

Tal día como hoy echa el cierre el servicio de Google News en España. A diferencia de otros agregadores de noticias que, ante la inminente obligación de compensar económicamente a los editores, siguen valorando qué medidas adoptar para evitar que se les aplique la normativa española, la decisión de la compañía de Mountain View ha sido mucho más drástica.

Nos imaginamos las intensas jornadas debatiendo sobre qué hacer al respecto; aunque, probablemente, jamás llegaremos a conocer todos los motivos que llevaron a la multinacional a tomar esta decisión. No obstante, sí podemos tratar de analizarlo desde el punto de vista legal y, también, ver qué ha ocurrido en otros países donde han existido conflictos por razones similares.

A este respecto, me gustaría comenzar por mencionar el precedente de Bélgica, por haber sido el primero y el más dilatado en el tiempo. Durante seis años, hasta 2011, Google y varios editores belgas estuvieron enfrentados en los tribunales como consecuencia de una demanda interpuesta por estos últimos, al considerar que la empresa de Brin y Page infringía sus derechos de propiedad intelectual. El tribunal, dando la razón a la prensa, decretó que Google no podría reproducir ni difundir noticias o fotografías de los diarios editados por estas empresas.

Tan solo un año después, ambas partes llegaron a un acuerdo que, sorprendentemente, no incluía ninguna obligación de pago por parte de Google. Al contrario: hasta el día de hoy, y a pesar de la decisión del tribunal, el gigante californiano reproduce y enlaza libremente noticias y otros contenidos de medios belgas. El “truco” está en ofrecer a los editores otras ventajas que, si bien no se traducen en una retribución económica inmediata, repercuten positivamente en el tráfico generado hacia las páginas de sus periódicos. En Francia el caso fue parecido, aunque con dinero de por medio, destinado a contribuir a que los medios optimizasen sus versiones online.

El conflicto en Alemania fue especialmente curioso, pues duró apenas un mes. Como en España, una reforma legislativa promovida por los editores trató de limitar los contenidos que Google podía reproducir libremente, en este caso reduciéndolos exclusivamente a los titulares; previo permiso del medio para ello, se admitía la publicación de fragmentos más extensos y/o fotografías. Los medios alemanes detectaron un drástico descenso en el tráfico de sus webs, ya que la sola publicación del titular reducía las posibilidades de que sus noticias que aparecieran en los primeros resultados de búsqueda. Por ello, muchos de ellos concedieron los oportunos permisos al buscador para que ésta pudiera agregar sus noticias sin necesidad de remuneración, tal y como venía haciendo antes de la reforma.

La reforma legislativa española ha sido todavía más drástica, alterando los límites a los derechos de autor que, hasta ahora, amparaban la actividad de los agregadores de noticias, que realizaban su  labor sin necesidad de realizar ningún pago y sin precisar autorización o consentimiento algunos. Así, ha establecido un derecho compensatorio en favor de los editores que, consecuentemente, se configura como irrenunciable. Algo que ha precipitado no sólo el cierre de Google News, sino también la desconexión de los medios españoles de esta herramienta global.

Ahora bien, dejando a un margen la conveniencia de la reforma, ¿era realmente ésta la única salida? En mi opinión, no necesariamente. Cabría deducir que la nueva norma (y la compensación que lleva aparejada) no debe aplicarse cuando el agregador de contenidos cuenta con la autorización de los editores, ya que se ha configurado como un «límite»… y, en propiedad intelectual, la finalidad de los límites se reserva, precisamente, para usos sin autorización de los autores (o, en este caso, los editores). Lo mismo que ocurre con el famoso «canon digital», que compensa a los autores por las copias privadas realizadas sin su consentimiento.

Según la anterior interpretación, si el agregador consigue la autorización de los editores, sólo deberá pagar la cantidad que a tal efecto haya acordado… que podría ser simbólica, o simplemente nula. Piensen, por ejemplo, en los editores que publiquen bajo licencia creative commons: en tal caso, no sería necesario pagar nada por agregar sus artículos cuando se cumpla con los términos de la licencia. Eso sí, quede claro que esta teoría es una mera interpretación de la norma… en la que coincidimos, por cierto, con compañeros como Borja Adsuara.

Como vemos, parece que existen alternativas que permitirían a los agregadores continuar con su labor sin tener que pagar, si bien es cierto que requieren de una negociación previa y de la utilización de filtros que distingan contenidos licenciados de aquellos otros que no lo estén. No obstante, Google no parece dispuesto a asumir estas cargas,máximo cuando este servicio no les reporta beneficios (en sus propias palabras).

Ahora, sólo queda permanecer a la espera para conocer los resultados derivados de la desaparición de este servicio, cuya versión beta fue lanzada a nivel internacional en el año 2002; y, especialmente, para comprobar la repercusión real sobre los sitios web de los asociados de AEDE, y sus posibles reacciones. ¿Pedirán a Google que sus noticias vuelvan a ser indexadas, como ya ha ocurrido en algunos países de nuestro entorno?

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