{"id":2448,"date":"2018-01-23T10:00:49","date_gmt":"2018-01-23T08:00:49","guid":{"rendered":"http:\/\/www.audens.es\/blog\/?p=2448"},"modified":"2024-08-22T21:50:55","modified_gmt":"2024-08-22T19:50:55","slug":"blockchain-hasta-en-la-sopa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/blockchain-hasta-en-la-sopa\/","title":{"rendered":"Blockchain hasta en la sopa"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00bfHas o\u00eddo hablar de bitcoin y las criptomonedas? Seguro que s\u00ed, y todo ello gracias a peri\u00f3dicos, blogs o incluso por aquel amigo\/a que&nbsp;por invertir en criptoactivos se cree mejor broker que el protagonista de&nbsp;<em>El lobo de Wall Street <\/em>(<a href=\"https:\/\/elpais.com\/economia\/2018\/01\/17\/actualidad\/1516207512_392729.html\">y que ahora estar\u00e1 un poco preocupado<\/a>). Pero,&nbsp;\u00bfy de la tecnolog\u00eda blockchain?&nbsp;Seguro que tambi\u00e9n: <strong>es el cimiento principal de las criptomonedas<\/strong>, y est\u00e1 en boca de todo el mundo. No hay m\u00e1s que leer los principales peri\u00f3dicos para comprobar c\u00f3mo se vaticina un uso y porvenir favorable de esta tecnolog\u00eda que se vende como el paradigma de la privacidad y la transparencia. De hecho, cada vez tratamos m\u00e1s proyectos de todo tipo basados en blockchain.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta tecnolog\u00eda, b\u00e1sicamente consiste en una base de datos alfanum\u00e9ricos distribuida e inalterable a priori que, siempre que hablemos de redes blockchain de acceso p\u00fablico, <strong>permitir\u00eda crear un registro de transacciones e interacciones de la red sin que exista una entidad central que controle y guarde toda la informaci\u00f3n relativa a la misma<\/strong>. Pero que su novedad no nos lleve a confusi\u00f3n: \u00a1tambi\u00e9n est\u00e1 sujeta a responsabilidades y deberes legales! Ahora bien, obviando los debates que puedan surgir respecto a la aplicaci\u00f3n y necesidad de un mayor desarrollo de esta tecnolog\u00eda, todo valiente que quiera adentrarse en su uso debe tener en cuenta una serie de cuestiones jur\u00eddicas.<\/p>\n\n\n\n<p>Existen muchos tipos de plataformas, desde aquellas que act\u00faan como una simple base de datos a aquellas que basan su actividad en transacciones de criptomonedas (que derivan en otro tipo de funciones y de las que tratar\u00e9 en un pr\u00f3ximo&nbsp;post), y entre medias, un sin fin de opciones y modalidades:&nbsp;<em>smart contracts<\/em>, Apps, o sistemas de gesti\u00f3n o procesos. <strong>Aunque todas las plataformas blockchain sean distintas, todas tendr\u00e1n ciertas cuestiones legales b\u00e1sicas que cubrir<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Para explicar un poco ese denominador com\u00fan, sirva de ejemplo una aplicaci\u00f3n distribuida (DApp por sus siglas en ingl\u00e9s), construida en base a una red de acceso p\u00fablico como puede ser Ethereum (muy com\u00fan para este tipo de aplicaciones), cuya funci\u00f3n consista por ejemplo en un servicio de transacciones entre usuarios mediante la designaci\u00f3n de contratos inteligentes. Pues bien, dejando al margen la conveniencia de utilizar una sociedad para llevar a cabo el negocio (aspecto sumamente importante, fundamentalmente ante las responsabilidades que puedan llegar a surgir), he aqu\u00ed algunas de las&nbsp;cuestiones principales a las que prestar atenci\u00f3n a la hora de crear una plataforma de estas caracter\u00edsticas.<\/p>\n\n\n\n<p>En primer lugar se ha de <strong>identificar al titular de la plataforma blockchain<\/strong>, pues al operar como un servicio basado en Internet se le aplica la&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2002-13758\">Ley de Servicios de la Sociedad de la Informaci\u00f3n y Comercio Electr\u00f3nico<\/a>, que viene a imponer obligaciones en materia de informaci\u00f3n, desde la identificaci\u00f3n del titular hasta datos espec\u00edficos sobre procesos o transacciones, en su caso; algo que, bien definido en los t\u00e9rminos y condiciones, permitir\u00e1 no s\u00f3lo cumplir con la norma sino establecer tambi\u00e9n las obligaciones para los usuarios y excluir responsabilidades en ciertos casos.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, <strong>cuando la plataforma est\u00e9 destinada a consumidores y usuarios, las obligaciones legales se ver\u00e1n intensificadas<\/strong>, dada la aplicabilidad de la&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2007-20555\">Ley de Consumidores y Usuarios<\/a>, que implica m\u00e1s deberes de informaci\u00f3n y condiciones espec\u00edficas en la relaci\u00f3n titular &#8211; consumidor o usuario.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se debe de tener en cuenta otro elemento fundamental: las condiciones de uso y operatividad que las redes blockchain (como Ethereum, en nuestro caso) imponen a aquellos que quieran construir plataformas a partir de su c\u00f3digo inf\u00f3rmatico. Se trata de un aspecto importante, ya que nuestra responsabilidad puede variar en funci\u00f3n de d\u00f3nde y c\u00f3mo construyamos el sistema, pero adem\u00e1s, podr\u00eda haber causas de prohibici\u00f3n del uso de las redes que podr\u00edan provocar problemas para nuestra plataforma. <strong>No conviene adherirse a una red sin conocer sus condiciones y l\u00edmites<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, no podemos olvidarnos de la normativa de protecci\u00f3n de datos. Y es que a pesar del mantra del anonimato que ronda al blockchain, &nbsp;<strong>suele ser habitual que estas plataformas recaben en el momento inicial datos personales sobre los usuarios<\/strong> a fin de permitirles el acceso al servicio. Esta recogida de datos inicial suele exceder los l\u00edmites del mero funcionamiento del servicio: tratarlos para otras finalidades, como el env\u00edo de publicidad, est\u00e1 al orden del d\u00eda.&nbsp;As\u00ed, en este caso y <strong>por muy escasos datos que se recojan, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n la legislaci\u00f3n en materia de protecci\u00f3n de datos<\/strong>, con las numerosas cuestiones legales que de ello se derivan, y m\u00e1s a\u00fan con la llegada del nuevo <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/doue\/2016\/119\/L00001-00088.pdf\">Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos<\/a>&nbsp;(aprovechamos para recordar que comenzar\u00e1 a aplicarse el 25 de mayo de 2018, como ya venimos recordando en <a href=\"https:\/\/www.audens.es\/blog\/como-abordar-el-rgpd\/\">otros art\u00edculos de este blog<\/a>), que viene a ampliar los derechos de los usuarios y a imponer nuevas obligaciones a aquellos que traten datos de car\u00e1cter personal.<\/p>\n\n\n\n<p>En resumen, a la hora de crear plataformas basadas en esta tecnolog\u00eda hay que tener en cuenta una gran cantidad de aspectos y cuestiones legales que le pueden ser de aplicaci\u00f3n.<strong> El hecho de que las plataformas basadas en blockchain sean nuevas y disruptivas, y que en una parte de la cadena exista un sistema descentralizado y no controlado, no quiere decir que queden \u00abal margen de la ley\u00bb<\/strong> (no confundir con el t\u00edtulo de este blog). Quien piense eso de verdad, puede terminar como Jordan Belfort en <em>El Lobo de Wall Street<\/em> (alerta spoiler): qued\u00e1ndose sin nada.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Analizamos algunos de los aspectos legales a tener en cuenta antes de lanzar una plataforma o aplicaci\u00f3n distribuida basada en blockchain (DApp) <A CLASS=\"read-more\" HREF=\"https:\/\/www.audens.es\/blog\/blockchain-hasta-en-la-sopa\/\">[+]<\/A>","protected":false},"author":10,"featured_media":2450,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[212],"tags":[44,115,43,199],"class_list":["post-2448","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-blockchain","tag-consumidores-y-usuarios","tag-emprendedores","tag-lssi","tag-rgpd"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2448","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/10"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2448"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2448\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2450"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2448"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2448"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2448"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}