{"id":1916,"date":"2015-07-20T09:00:43","date_gmt":"2015-07-20T08:00:43","guid":{"rendered":"http:\/\/www.audens.es\/blog\/?p=1916"},"modified":"2018-03-31T16:38:32","modified_gmt":"2018-03-31T14:38:32","slug":"buen-viaje-combinado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/buen-viaje-combinado\/","title":{"rendered":"\u00a1Buen viaje (combinado)!"},"content":{"rendered":"<p>Se acercan las vacaciones y, un a\u00f1o m\u00e1s, Internet es nuestra mejor aliada para encontrar la escapada de rigor. Entramos en nuestra web favorita y compramos un pack que incluye el billete de AVE, el hotel y una excursi\u00f3n en catamar\u00e1n que nos han ofertado. Lo m\u00e1s probable es que, sin saberlo, <strong>hayamos contratado un viaje combinado<\/strong>, una categor\u00eda legal que ofrece m\u00faltiples ventajas a los consumidores, pero que trae de cabeza a los titulares de las webs de reservas.<\/p>\n<p>Frecuentemente tendemos a pensar que, cuando actuamos como intermediarios en Internet e incluimos las suficientes cl\u00e1usulas de <strong>exclusi\u00f3n de responsabilidad<\/strong>, a cual m\u00e1s original, podemos descansar tranquilos, que nadie nos va a reclamar nada. Nada m\u00e1s lejos de la realidad en el caso de los viajes combinados.<\/p>\n<p>Por viaje combinado se entiende, seg\u00fan la normativa de consumidores y usuarios, el viaje que incluya, al menos, dos de estos elementos:<\/p>\n<ul>\n<li class=\"sitemap\">transporte<\/li>\n<li class=\"sitemap\">alojamiento<\/li>\n<li>otros servicios tur\u00edsticos (excluyendo los accesorios a alguno de los anteriores, como el desayuno en un hotel)<\/li>\n<\/ul>\n<p>Ello, cuando la actividad sobrepase las 24 horas o incluya una noche de estancia, y se oferte con un precio global. Ejemplo t\u00edpico donde los haya es el viaje a Disneyland que incluye vuelo, hotel y entradas al parque.<\/p>\n<p>La contrataci\u00f3n de viajes combinados <a href=\"http:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2007-20555&amp;p=20150703&amp;tn=1#a150\">cuentan con una regulaci\u00f3n espec\u00edfica<\/a> que se aplica incluso cuando la compra se realiza a trav\u00e9s de Internet. La principal diferencia con la contrataci\u00f3n de cualquier servicio tur\u00edstico \u201csencillo\u201d, o que no constituya un viaje combinado, es fundamentalmente que <strong>se ampl\u00eda el abanico de responsables frente a los consumidores, que disfrutan as\u00ed de una mayor protecci\u00f3n<\/strong>, al poder dirigirse contra m\u00e1s personas en caso de da\u00f1o o perjuicio.<\/p>\n<p>Como dec\u00edamos al principio, cuando quien ofrece un servicio en Internet no es el prestador del mismo sino un intermediario, \u00e9ste tiende a declinar cualquier responsabilidad relacionada con su efectiva y correcta prestaci\u00f3n. De esta forma, lo normal es que si, por ejemplo, un consumidor quiere plantear alg\u00fan tipo de reclamaci\u00f3n contra un hotel que reserv\u00f3 a trav\u00e9s de una p\u00e1gina web, se pueda dirigir contra el hotel pero no contra el intermediario titular de la p\u00e1gina a trav\u00e9s de la que se realiz\u00f3 la reserva.<\/p>\n<p>El proceso de contrataci\u00f3n de viajes combinados, incluso a trav\u00e9s de Internet, no se regula de la misma manera, como veremos. Antes, <strong>deber\u00e1 diferenciarse entre los organizadores <\/strong>(que organizan el viaje combinado)<strong>, y los detallistas<\/strong> (que lo comercializan u ofrecen). En este sentido, cabr\u00eda incluir en la categor\u00eda de detallista al titular de una web en Internet quien, sin prestar directamente servicios tur\u00edsticos, permite la reserva de viajes combinados.<\/p>\n<p>Pues bien, la norma impone no s\u00f3lo a los organizadores, sino tambi\u00e9n a los detallistas, configurarse como agencia de viajes conforme a la normativa auton\u00f3mica que les sea de aplicaci\u00f3n, con todas las obligaciones que ello conlleva (obtenci\u00f3n de licencias y permisos, contrataci\u00f3n de seguros, etc.); pero es que, adem\u00e1s, <strong>los detallistas, sin ser organizadores, asumen casi las mismas responsabilidades que \u00e9stos<\/strong> frente a los consumidores.<\/p>\n<p>Por ejemplo, cuando el organizador de un viaje combinado no pudiera prestar el servicio tal y como fue contratado, no s\u00f3lo el organizador, sino tambi\u00e9n el detallista, deber\u00e1n buscar las soluciones adecuadas para compensar a los consumidores. Igualmente, si ante un viaje cancelado se debe indemnizar al consumidor conforme a la legislaci\u00f3n aplicable, \u00e9ste podr\u00e1 <strong>reclamar tanto al organizador como al detallista<\/strong>, indistintamente.<\/p>\n<p>Como nuestra intenci\u00f3n no es asustar a nadie, es importante aclarar que, aunque el consumidor puede ir contra el organizador o contra el detallista (pues su responsabilidad es solidaria), <strong>aqu\u00e9l contra quien se hubiera dirigido podr\u00e1 luego repetir contra los dem\u00e1s<\/strong>, a efectos de repartir la cuant\u00eda de las indemnizaciones en funci\u00f3n de la culpabilidad de cada uno en el perjuicio causado al consumidor.<\/p>\n<p>Por otro lado, actuando el detallista a trav\u00e9s de Internet, adem\u00e1s de las consideraciones que cualquier prestador de servicios de la sociedad de la informaci\u00f3n debe tener en cuenta, deber\u00e1 dar cumplimiento a las obligaciones en cuanto<strong> a informaci\u00f3n y ejercicio de los derechos de los consumidores que resultan aplicables en relaci\u00f3n a la oferta de viajes combinados<\/strong>. Por ejemplo, se habr\u00e1 de ofrecer informaci\u00f3n sobre los seguros opcionales o, si el viaje incluye vuelos, deber\u00e1n indicarse oportunamente las escalas.<\/p>\n<p>En conclusi\u00f3n, la intermediaci\u00f3n en la contrataci\u00f3n de viajes combinados a trav\u00e9s de Internet no es una cuesti\u00f3n sencilla y tiene m\u00e1s implicaciones de lo que, a primera vista, parece. Por ello, a la hora de montar una plataforma de reservas es importante, sobre todo al principio, valorar el desembolso y el riesgo que supone ofrecer viajes combinados en Internet.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Analizamos las normas espec\u00edficas que afectan a los intermediarios de Internet implicados en la venta de reservas de viajes combinados. <A CLASS=\"read-more\" HREF=\"https:\/\/www.audens.es\/blog\/buen-viaje-combinado\/\">[+]<\/A>","protected":false},"author":6,"featured_media":1927,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[213],"tags":[43,179],"class_list":["post-1916","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-consumidores-usuarios","tag-lssi","tag-viajes-combinados"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1916","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1916"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1916\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1927"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1916"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1916"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.audens.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1916"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}